El nuevo sistema está contenido en la resolución 56 del despacho dirigido por Héctor Navarro, publicada en la Gaceta Oficial número 40.065, de fecha 5 de diciembre de 2012, que circuló este jueves.
El sistema es concebido como una "herramienta y mecanismo de apoyo a la fiscalización de la calidad del servicio eléctrico ejercida desde el ministerio", junto con los consejos comunales y demás organizaciones del poder popular. También tiene por objeto impulsar la sensibilización, concienciación y formación en materia energética.
Los fiscales comunales de la calidad del servicio eléctrico son voceros de los consejos comunales y otras organizaciones populares, que han pasado por la capacitación del ministerio y reciben una certificación. Entre sus funciones están procesar y analizar con la Dirección de Fiscalización del Servicio Eléctrico del despacho de Energía los resultados de las inspecciones ejecutadas, hacer seguimiento a los acuerdos asumidos en las instancias de participación y alertar sobre su incumplimiento.
Deben ser habitantes de la comunidad, postulados por el consejo comunal, mayores de 18 años y cumplir satisfactoriamente con la capacitación. Esta incluirá normativas en la materia y formación sociopolítica socialista, entre otros aspectos.
El consejo comunal y las otras formas de organización del poder popular deben estar habilitados por el ministerio para ejercer la fiscalización comunal. Para obtener esa habilitación, que no podrá ser superior a dos años, el grupo debe estar registrado ante el Ministerio de las Comunas, contar con los fiscales comunales y estar agregado a una sala de batalla social, comuna en construcción o comuna registrada.
Doble instancia
El Sistema de Fiscalización Comunal está formado por Consejos de Integración Comunal y Consejos Regionales. Los primeros abarcan "la agregación de los ámbitos territoriales de las salas de batalla social, comuna en construcción, comuna registrada u otras organizaciones del poder popular".
Se encargarán de socializar los planes de fiscalización comunal de la calidad del servicio eléctrico y sus resultados entre las organizaciones de base que lo conforman, así como evaluar y proponer soluciones a las diferentes situaciones planteadas por los fiscales comunales, sustanciar los incumplimientos de los acuerdos alcanzados y enviarlos al Consejo Regional o a la Dirección de Fiscalización, a fin de que se abra un procedimiento administrativo.
Mientras, el Consejo Regional de Fiscalización de la Calidad del Servicio Eléctrico es la segunda instancia del sistema y engloba la agregación de los ámbitos territoriales de los Consejos de Integración Comunal.
El Consejo Regional debe evaluar los resultados de la fiscalización comunal y proponer soluciones a las situaciones planteadas por los consejos de integración comunal.
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