Punto Final
La lucha de las comunidades mapuches por recuperar sus tierras ancestrales ha tenido como respuesta la represión, que no hace distinción de mujeres, niños y ancianos. La detención arbitraria y los procesos plagados de irregularidades, incluidas la utilización de testigos secretos y la aplicación de condenas desproporcionadas, son lo cotidiano en La Araucanía. La represión ha arreciado -alcanzando niveles de violencia en allanamientos como el de la comunidad Temucuicui, donde fue herido a bala un mapuche-, después del atentado a una vivienda en Vilcún que costó la vida al agricultor Werner Luchsinger y a su esposa, Vivian MacKay.
Desde la década de los 80, las comunidades mapuches han perdido más del 60 por ciento de sus tierras, y los litigios judiciales duermen en los estantes de los tribunales. Hay 2,5 millones de hectáreas de tierras ancestrales del pueblo mapuche que están en poder de las forestales Mininco y Arauco. Las organizaciones mapuches se han rebelado frente a una usurpación que ha contado con el apoyo de una institucionalidad hecha a la medida de los intereses de las forestales y terratenientes de la zona.
HUELGA DE HAMBRE
Por otra parte, desde el 14 de noviembre pasado, Héctor Llaitul Carrillanca, líder de la Coordinadora Arauco Malleco, y Ramón Llanquileo Pilquimán mantienen una huelga de hambre para que se ponga fin a la persecución a las comunidades mapuches, termine la aplicación arbitraria de la Ley Antiterrorista que utiliza testigos secretos, y para que concluyan las condenas injustas que les afectan.
Llaitul fue trasladado a la cárcel El Manzano de Concepción y Llanquileo, desde la prisión en Angol, declaró: “Llamamos a las comunidades a seguir movilizándose por sus demandas históricas, pero a la vez las llamamos a ser responsables en su accionar de lucha pues nuestro enemigo lo que pretenderá a través de sus medios de comunicación masivos es enlodar nuestras justas demandas por territorio y autonomía”.
Gendarmería, que había resuelto conceder a Llanquileo el beneficio de salida de fin de semana, canceló esa resolución al producirse el atentado incendiario en Vilcún.
Llaitul y Llanquileo rechazan la transgresión del prinicipio de derecho penal Non bis in idem , es decir, no ser juzgados dos veces por la misma causa. También demandan el reconocimiento de su calidad de presos políticos y la dignidad que les corresponde. Llaitul está condenado a 10 años por robo con intimidación, a 4 años por homicidio frustrado (el montaje de una falsa emboscada) al fiscal Mario Elgueta y a 541 días por Ley de Seguridad Interior del Estado. Llanquileo está condenado a 8 años por delitos similares. Asimismo, ha manifestado haber sido doblemente juzgado por dos tribunales, uno civil y otro militar, siendo condenado a 3 y 4 años por tribunales civiles en el caso del fiscal Elgueta, en circunstancias que ya había sido absuelto en la misma causa por un tribunal militar.
La Comisión Etica contra la Tortura obtuvo las firmas de numerosas personalidades de Chile y el extranjero para una carta al presidente de la República pidiendo la libertad inmediata e incondicional de Llaitul y Llanquileo, así como la creación de una instancia de diálogo entre el Estado y los representantes legítimos del pueblo mapuche.
EL ASESINATO DE MATIAS CATRILEO
Las políticas del Estado hacia las comunidades indígenas han estado plagadas de promesas no cumplidas, arbitrariedades, cárcel para los comuneros e impunidad para quienes utilizaron la represión. El 3 de enero de 2008, bajo el gobierno de Michelle Bachelet, fue asesinado el joven Matías Catrileo Quezada, estudiante de agronomía de la Universidad de La Frontera. Catrileo, de 22 años, falleció como consecuencia de un disparo en la espalda, efectuado por el cabo segundo de Carabineros Walter Ramírez. El crimen ocurrió durante una recuperación pacífica de tierras en las cercanías del fundo Santa Margarita del empresario Jorge Luchsinger, en la comuna de Vilcún.
No fue este el único crimen cometido bajo los gobiernos de la Concertación. En reciente carta al presidente Piñera, la lonko Juana Calfunao, de la comunidad Juan Paillalef, recuerda que también fueron asesinados por la policía Alex Lemún (2002), Julio Huentecura Llancaleo (2004), Xenón Díaz Necul (2005), José Huenante (de 16 años, detenido y desaparecido), Juan Collihuín Catril (2006), Johnny Cariqueo Yáñez (2008), Jaime Mendoza Collío (2009) y José Toro Ñanco (2009). La propia lonko Calfunao ha sido víctima de la represión. Desconocidos quemaron tres veces su casa y en uno de estos incendios pereció su tío Basilio Coñonao. La lonko sufrió torturas que le provocaron un aborto. “Todo ello -dice- me hace pensar que la policía no está al servicio de la sociedad y que para los mapuches no es garantía de seguridad y protección (…) Nos sentimos excluidos del derecho -agrega- y víctimas de una política que nos ha tratado de erradicar como pueblo para asimilarnos y hacernos desaparecer. Este es uno de los principales motivos por los cuales los mapuches no nos sentimos identificados con su país. Sin lugar a dudas, es indispensable, señor Piñera, tener voluntad política para solucionar el conflicto y conseguir la paz social que los mapuches tanto deseamos, y que termine de una vez este clima de militarización de nuestro territorio y enfrentamientos que, lamentablemente, ya han costado la vida a demasiadas personas mapuches y chilenos”.
En el caso de Matías Catrileo, la acción homicida del cabo Ramírez quedó demostrada en el proceso y el fiscal militar de Temuco, Jaime Pinto Aparicio, solicitó una pena de 10 años de presidio. El Juzgado Militar de Valdivia lo condenó a dos años con pena remitida, o sea en libertad, y siguió en funciones en Coyhaique con salario regular y asignación de zona.
Para el abogado Alberto Espinoza Pino, defensor de derechos humanos y representante de comuneros mapuches: “Aquí hay una resolución de un tribunal militar que condenó al funcionario de Carabineros a una pena privativa de libertad, pero con beneficios, atendida la naturaleza de la pena que se le aplicó. Pero adicionalmente, junto con la pena de carácter corporal, están las penas accesorias y las inhabilidades de orden civil y político. En ese contexto, las penas accesorias que inhabilitan a una persona para ejercer ciertos derechos civiles, como funciones públicas, prevalecen por sobre la decisión administrativa de la Contraloría General de la República que establece que Ramírez no tiene impedimentos para continuar en las filas de la institución policial. Esto se enmarca en una política de impunidad que se ha ido desarrollando con fuerza en estos últimos años”.
¿Qué opina de la condena por “violencia innecesaria” en el caso de Matías Catrileo?
“Carabineros en ejercicio de sus funciones no cometen el delito de homicidio. La figura más asimilable al homicidio es ‘violencia innecesaria causante de muerte’. Lo que se puede concluir de esa calificación jurídica y de la condena que se aplicó es que, en definitiva, los carabineros como funcionarios públicos pueden matar por la espalda recibiendo una pena bastante desproporcionada según la naturaleza del ilícito. La pena resulta injustificada desde un punto de vista penal y ético. En el fondo, lo que la judicatura militar hizo fue avalar en la práctica la política represiva que el Estado desarrolla en el tratamiento del problema mapuche. En ese contexto hay una política represiva impulsada desde el Ministerio del Interior a través de Carabineros, que actúa como una policía con tácticas militares. Cuando llega el momento de asegurar los derechos de las víctimas de esta política represiva, la respuesta del órgano jurisdiccional lejos de condenar drásticamente la conducta penal ilícita, la sanciona de modo benevolente”.
¿Por qué es la justicia militar la que sigue conociendo los casos de comuneros mapuche y no la justicia civil?
“Aquí hay una deuda pendiente desde el inicio de los gobiernos posdictatoriales. Había una promesa que contemplaba prácticamente la derogación de la judicatura militar, que ésta perdiera su competencia para juzgar a civiles, y no solamente para juzgar a civiles como imputados sino también para conocer y juzgar aquellas materias en que aparecieran vinculados Carabineros o miembros de las Fuerzas Armadas en la comisión de delitos. Sin embargo, esa promesa no se cumplió. Pasó el gobierno de Aylwin, el gobierno de Lagos, el de Frei y Bachelet y finalmente en el gobierno de Piñera, como consecuencia de una huelga de hambre de los comuneros mapuches, se logró por lo menos una de las reivindicaciones, que es limitar la competencia de la justicia militar. Los tribunales militares pierden competencia para juzgar a civiles en calidad de imputados”.
MAPUCHE, ENEMIGO INTERNO
Dos comuneros llevan casi dos meses en huelga de hambre en demanda de juicio justo. ¿Cuál es su visión de esos procesos?
“Hay que entender que esto es parte de una política del Estado y éste tiene compromisos de carácter ideológico, económico y político que se expresan en una institucionalidad. Ella está al servicio de ciertos intereses económicos. Todo esto aparece enmarcado en un orden normativo que garantiza esa institucionalidad. En concreto, tenemos que el Estado ha puesto en práctica una política represiva muy fuerte en contra de las reivindicaciones del pueblo mapuche, que tienen raíces históricas. Esto se ha traducido en procesos que se han desarrollado de manera arbitraria, en atribuir a las acciones reivindicativas de los comuneros el carácter de delitos terroristas, utilizar procedimientos jurisdiccionales que están en el límite de las normas del debido proceso: por ejemplo, los llamados testigos secretos, se sustancian procesos de manera paralela ante la justicia civil y militar, no se respeta un principio fundamental del derecho penal de que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito. Prácticamente, esto es una constante en la persecución judicial contra los mapuches”.
DOCTRINA DE SEGURIDAD NACIONAL
¿A diferencia de otros sectores sociales, por qué se reprime con más fuerza a los comuneros mapuches, por qué tanta arbitrariedad judicial?
“Esto es explicable porque en Chile subsiste la aplicación de la doctrina de la Seguridad Nacional. No ha sido erradicada de la Constitución desde un punto de vista normativo. Se mantiene como un baluarte que garantiza el desarrollo de esta institucionalidad que heredamos de la dictadura militar. En ese sentido, hay que tener en consideración que la dictadura tuvo por objetivo eliminar mediante la violación de los derechos humanos un modelo económico-social que se quiso implementar durante el gobierno de la Unidad Popular. El mapuche es considerado un ‘enemigo interno’ y por consiguiente, toda la actividad del Estado aparece justificada en la medida que las reivindicaciones del pueblo mapuche atentan contra las bases de la institucionalidad económica y social impuesta en Chile. En el país existe un muro para contener cualquier reivindicación económico-social que pudiera alterar el modelo neoliberal. La salvaguarda de la institucionalidad es la doctrina de Seguridad Nacional. Por eso Carabineros actúa en La Araucanía en forma militarizada y reprime indiscriminadamente a niños, ancianos y mujeres mapuches”.
www.puntofinal.cl/Rebelión/Escuela Bolivariana del Poder Popular
@Prensa_ebpp
Desde la década de los 80, las comunidades mapuches han perdido más del 60 por ciento de sus tierras, y los litigios judiciales duermen en los estantes de los tribunales. Hay 2,5 millones de hectáreas de tierras ancestrales del pueblo mapuche que están en poder de las forestales Mininco y Arauco. Las organizaciones mapuches se han rebelado frente a una usurpación que ha contado con el apoyo de una institucionalidad hecha a la medida de los intereses de las forestales y terratenientes de la zona.
HUELGA DE HAMBRE
Por otra parte, desde el 14 de noviembre pasado, Héctor Llaitul Carrillanca, líder de la Coordinadora Arauco Malleco, y Ramón Llanquileo Pilquimán mantienen una huelga de hambre para que se ponga fin a la persecución a las comunidades mapuches, termine la aplicación arbitraria de la Ley Antiterrorista que utiliza testigos secretos, y para que concluyan las condenas injustas que les afectan.
Llaitul fue trasladado a la cárcel El Manzano de Concepción y Llanquileo, desde la prisión en Angol, declaró: “Llamamos a las comunidades a seguir movilizándose por sus demandas históricas, pero a la vez las llamamos a ser responsables en su accionar de lucha pues nuestro enemigo lo que pretenderá a través de sus medios de comunicación masivos es enlodar nuestras justas demandas por territorio y autonomía”.
Gendarmería, que había resuelto conceder a Llanquileo el beneficio de salida de fin de semana, canceló esa resolución al producirse el atentado incendiario en Vilcún.
Llaitul y Llanquileo rechazan la transgresión del prinicipio de derecho penal Non bis in idem , es decir, no ser juzgados dos veces por la misma causa. También demandan el reconocimiento de su calidad de presos políticos y la dignidad que les corresponde. Llaitul está condenado a 10 años por robo con intimidación, a 4 años por homicidio frustrado (el montaje de una falsa emboscada) al fiscal Mario Elgueta y a 541 días por Ley de Seguridad Interior del Estado. Llanquileo está condenado a 8 años por delitos similares. Asimismo, ha manifestado haber sido doblemente juzgado por dos tribunales, uno civil y otro militar, siendo condenado a 3 y 4 años por tribunales civiles en el caso del fiscal Elgueta, en circunstancias que ya había sido absuelto en la misma causa por un tribunal militar.
La Comisión Etica contra la Tortura obtuvo las firmas de numerosas personalidades de Chile y el extranjero para una carta al presidente de la República pidiendo la libertad inmediata e incondicional de Llaitul y Llanquileo, así como la creación de una instancia de diálogo entre el Estado y los representantes legítimos del pueblo mapuche.
EL ASESINATO DE MATIAS CATRILEO
Las políticas del Estado hacia las comunidades indígenas han estado plagadas de promesas no cumplidas, arbitrariedades, cárcel para los comuneros e impunidad para quienes utilizaron la represión. El 3 de enero de 2008, bajo el gobierno de Michelle Bachelet, fue asesinado el joven Matías Catrileo Quezada, estudiante de agronomía de la Universidad de La Frontera. Catrileo, de 22 años, falleció como consecuencia de un disparo en la espalda, efectuado por el cabo segundo de Carabineros Walter Ramírez. El crimen ocurrió durante una recuperación pacífica de tierras en las cercanías del fundo Santa Margarita del empresario Jorge Luchsinger, en la comuna de Vilcún.
No fue este el único crimen cometido bajo los gobiernos de la Concertación. En reciente carta al presidente Piñera, la lonko Juana Calfunao, de la comunidad Juan Paillalef, recuerda que también fueron asesinados por la policía Alex Lemún (2002), Julio Huentecura Llancaleo (2004), Xenón Díaz Necul (2005), José Huenante (de 16 años, detenido y desaparecido), Juan Collihuín Catril (2006), Johnny Cariqueo Yáñez (2008), Jaime Mendoza Collío (2009) y José Toro Ñanco (2009). La propia lonko Calfunao ha sido víctima de la represión. Desconocidos quemaron tres veces su casa y en uno de estos incendios pereció su tío Basilio Coñonao. La lonko sufrió torturas que le provocaron un aborto. “Todo ello -dice- me hace pensar que la policía no está al servicio de la sociedad y que para los mapuches no es garantía de seguridad y protección (…) Nos sentimos excluidos del derecho -agrega- y víctimas de una política que nos ha tratado de erradicar como pueblo para asimilarnos y hacernos desaparecer. Este es uno de los principales motivos por los cuales los mapuches no nos sentimos identificados con su país. Sin lugar a dudas, es indispensable, señor Piñera, tener voluntad política para solucionar el conflicto y conseguir la paz social que los mapuches tanto deseamos, y que termine de una vez este clima de militarización de nuestro territorio y enfrentamientos que, lamentablemente, ya han costado la vida a demasiadas personas mapuches y chilenos”.
En el caso de Matías Catrileo, la acción homicida del cabo Ramírez quedó demostrada en el proceso y el fiscal militar de Temuco, Jaime Pinto Aparicio, solicitó una pena de 10 años de presidio. El Juzgado Militar de Valdivia lo condenó a dos años con pena remitida, o sea en libertad, y siguió en funciones en Coyhaique con salario regular y asignación de zona.
Para el abogado Alberto Espinoza Pino, defensor de derechos humanos y representante de comuneros mapuches: “Aquí hay una resolución de un tribunal militar que condenó al funcionario de Carabineros a una pena privativa de libertad, pero con beneficios, atendida la naturaleza de la pena que se le aplicó. Pero adicionalmente, junto con la pena de carácter corporal, están las penas accesorias y las inhabilidades de orden civil y político. En ese contexto, las penas accesorias que inhabilitan a una persona para ejercer ciertos derechos civiles, como funciones públicas, prevalecen por sobre la decisión administrativa de la Contraloría General de la República que establece que Ramírez no tiene impedimentos para continuar en las filas de la institución policial. Esto se enmarca en una política de impunidad que se ha ido desarrollando con fuerza en estos últimos años”.
¿Qué opina de la condena por “violencia innecesaria” en el caso de Matías Catrileo?
“Carabineros en ejercicio de sus funciones no cometen el delito de homicidio. La figura más asimilable al homicidio es ‘violencia innecesaria causante de muerte’. Lo que se puede concluir de esa calificación jurídica y de la condena que se aplicó es que, en definitiva, los carabineros como funcionarios públicos pueden matar por la espalda recibiendo una pena bastante desproporcionada según la naturaleza del ilícito. La pena resulta injustificada desde un punto de vista penal y ético. En el fondo, lo que la judicatura militar hizo fue avalar en la práctica la política represiva que el Estado desarrolla en el tratamiento del problema mapuche. En ese contexto hay una política represiva impulsada desde el Ministerio del Interior a través de Carabineros, que actúa como una policía con tácticas militares. Cuando llega el momento de asegurar los derechos de las víctimas de esta política represiva, la respuesta del órgano jurisdiccional lejos de condenar drásticamente la conducta penal ilícita, la sanciona de modo benevolente”.
¿Por qué es la justicia militar la que sigue conociendo los casos de comuneros mapuche y no la justicia civil?
“Aquí hay una deuda pendiente desde el inicio de los gobiernos posdictatoriales. Había una promesa que contemplaba prácticamente la derogación de la judicatura militar, que ésta perdiera su competencia para juzgar a civiles, y no solamente para juzgar a civiles como imputados sino también para conocer y juzgar aquellas materias en que aparecieran vinculados Carabineros o miembros de las Fuerzas Armadas en la comisión de delitos. Sin embargo, esa promesa no se cumplió. Pasó el gobierno de Aylwin, el gobierno de Lagos, el de Frei y Bachelet y finalmente en el gobierno de Piñera, como consecuencia de una huelga de hambre de los comuneros mapuches, se logró por lo menos una de las reivindicaciones, que es limitar la competencia de la justicia militar. Los tribunales militares pierden competencia para juzgar a civiles en calidad de imputados”.
MAPUCHE, ENEMIGO INTERNO
Dos comuneros llevan casi dos meses en huelga de hambre en demanda de juicio justo. ¿Cuál es su visión de esos procesos?
“Hay que entender que esto es parte de una política del Estado y éste tiene compromisos de carácter ideológico, económico y político que se expresan en una institucionalidad. Ella está al servicio de ciertos intereses económicos. Todo esto aparece enmarcado en un orden normativo que garantiza esa institucionalidad. En concreto, tenemos que el Estado ha puesto en práctica una política represiva muy fuerte en contra de las reivindicaciones del pueblo mapuche, que tienen raíces históricas. Esto se ha traducido en procesos que se han desarrollado de manera arbitraria, en atribuir a las acciones reivindicativas de los comuneros el carácter de delitos terroristas, utilizar procedimientos jurisdiccionales que están en el límite de las normas del debido proceso: por ejemplo, los llamados testigos secretos, se sustancian procesos de manera paralela ante la justicia civil y militar, no se respeta un principio fundamental del derecho penal de que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito. Prácticamente, esto es una constante en la persecución judicial contra los mapuches”.
DOCTRINA DE SEGURIDAD NACIONAL
¿A diferencia de otros sectores sociales, por qué se reprime con más fuerza a los comuneros mapuches, por qué tanta arbitrariedad judicial?
“Esto es explicable porque en Chile subsiste la aplicación de la doctrina de la Seguridad Nacional. No ha sido erradicada de la Constitución desde un punto de vista normativo. Se mantiene como un baluarte que garantiza el desarrollo de esta institucionalidad que heredamos de la dictadura militar. En ese sentido, hay que tener en consideración que la dictadura tuvo por objetivo eliminar mediante la violación de los derechos humanos un modelo económico-social que se quiso implementar durante el gobierno de la Unidad Popular. El mapuche es considerado un ‘enemigo interno’ y por consiguiente, toda la actividad del Estado aparece justificada en la medida que las reivindicaciones del pueblo mapuche atentan contra las bases de la institucionalidad económica y social impuesta en Chile. En el país existe un muro para contener cualquier reivindicación económico-social que pudiera alterar el modelo neoliberal. La salvaguarda de la institucionalidad es la doctrina de Seguridad Nacional. Por eso Carabineros actúa en La Araucanía en forma militarizada y reprime indiscriminadamente a niños, ancianos y mujeres mapuches”.
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