Indepabis activó sistema de registro de ventas programadas



El 30 de octubre pasado fue activado el sistema de registro de ventas programadas, en el cual deberán inscribirse todas las empresas nacionales que requieran operar bajo esa modalidad, informó este viernes la presidenta del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis), Consuelo Cerrada.
Precisó que para poder hace efectivo el registro como venta programada los prestadores del servicio deberán registrarse inicialmente en el Sistema Único de Registro (Sur) para poder hacer efectivo su trámite.
Durante una entrevista en el programa Toda Venezuela, que transmite Venezolana de Televisión, Cerrada indicó que hasta la fecha no ha sido registrada la primera empresa para operar bajo la referida modalidad.
Exhortó a los prestadores de servicio a realizar su debido registro, a fin de evitar posibles sanciones que podrían generarse ante situaciones irregulares por el incumplimiento de contratos.
El registro, contemplado en la Ley de Regulación del Sistema de Ventas Programadas, sancionada en diciembre de 2011, tiene como objetivo regular el mecanismo de ventas programadas de vehículos, productos de línea blanca y marrón, para evitar el incumplimiento de aspectos acordados entre los usuarios y las empresas.
Ese año, más de 16.000 familias fueron víctimas de empresas sin el debido registro, que operaban bajo la modalidad de ventas programadas y, con mecanismos de captación, muchas veces fraudulentos y ofertas engañosas, prometían facilidades para la adquisición de algún bien mueble, así como precios y formas de pago accesibles, pero que nunca le fueron entregados (en caso de vehículos) y artículos por los cuales habían pagado por meses y años.
La norma contempla la prohibición de modificar el contrato de manera unilateral, mecanismo que frecuentemente es usado por algunas de estas empresas. También se establece el capital mínimo con el cual deberán operar las compañías que se creen bajo el sistema de venta programadas.
En el caso de las empresas de ventas programadas de bienes muebles distintos de vehículos, tendrán un capital mínimo inicial pagado en efectivo de dos millones de bolívares, mientras que las de carros deberán contar con un capital mínimo de 20 millones de bolívares (4.6 millones de dólares).
AVN/Escuela Bolivariana del Poder Popular
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