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LOGROS DE LA MUJER EN REVOLUCIÓN

Reforma a Ley Orgánica sobre el Derecho a la mujer a una Vida Libre de Violencia se traduce en acto de justicia


Con el fin de ampliar y reafirmar las leyes en materia de derechos humanos de las mujeres amparados en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, la Asamblea Nacional inició la discusión sobre la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LOSDMVLV).

En principio son cuatro artículos los reformados: el 57 que tipifica y sanciona el feminicidio como un tipo de violencia penal y autónoma; el artículo 58, el cual describe y sanciona la inducción al suicidio, el 64 en el que se aplicarán las disposiciones en cuanto a lo que se establece la LOSDMVLV y finalmente, el artículo 65 que define la circunstancias agravantes de los delitos consagrados en la Ley. 

Para la abogada Gisela Giménez, este tema tiene una relevancia importante en materia de derechos humanos de las mujeres por “la invisibilización a la que había sido sometida, y como era castigada la violencia contra las mujeres en conformidad y establecida por el delito de homicidio”. 

Respecto a la definición de uno de los artículos reformados, expresa que “el término feminicidio se utiliza para calificar el delito o asesinato que se comete contra una mujer por su condición de mujer” (…) seguimos diciendo que esta reforma es una conquista y victoria de la mujer venezolana, lograr incorporar este tipo de artículo penal dentro de la legislación porque esto conlleva a que la sanción que se coloque a partir de allí es por considerarse un delito grave y tiene que ver con la violación de los derechos humanos”. 

Respecto a los cambios que esta reforma pueda generar en la sociedad afirma “que el derecho es un regulador de la conducta social y esto tiene una altísima importancia ya que influye en los aspectos culturales y sociales”.

“Todo el tema del patriarcado, machismo y la violencia contra las mujeres no es más que una construcción cultural que se ha alimentado por siglos, otorgándole al hombre el poder suficiente para disponer hasta de la vida de una mujer”

En cuanto al logro de la reforma, reflexiona que esto “podría tener un impacto desde el punto de vista social y cultural en la conducta machista que se ha acumulado, convirtiéndose en una relación de poder entre el hombre y la mujer; ella manteniéndose en subordinación y opresión.

¿Qué opina usted cuándo los medios de comunicación social reseñan femicidios, reconociéndolos muchas veces como un crimen pasional, y se invisibiliza la conducta violenta del hombre hacia la mujer?

“Es un mandato constitucional el que se use un lenguaje no sexista, el lenguaje utilizado por los medios debe ser respetuoso de la dignidad humana”.

Continua afirmando que “no se puede hablar de crimen pasional cuando se escribe sobre la muerte de una mujer, porque la pasión es una emoción totalmente diferente a la que se siente cuando se asesina a otra persona, es por ello que la lucha que hemos llevado adelante las mujeres sobre esta violencia mediática tiene por objetivo construir una sociedad basada en valores de igualdad solidaridad y respeto”. 

Asimismo agrega que cuando no se reconoce el crimen, se minimiza la situación porque se naturaliza y lo subordina a algo estrictamente pasional.

La abogada Gisela Giménez asegura que después que se promulgara la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, fueron tipificados y reconocidos los distintos tipos de violencia, exponiendo así que “una de las grandes luchas que ha llevado adelante es contra la violencia doméstica porque la trasladaba a un ámbito privado”.

Respecto a la reforma del artículo 58 sobre la inducción al suicidio agrega que tiene varias variantes en las que se toma en cuenta los siguientes factores; primero que el causante se aprovecha de una condición de vulnerabilidad en la que se encuentra a la víctima; y segundo que existe una relación desigual de subordinación donde el victimario se aprovecha de un vinculo preexistente o existente (esposos, amantes, concubinos) con la víctima para cometer el delito.

¡Mujer reflexiona! Acaba con el ciclo de la violencia

Giménez como mensaje final hace un llamado a la reflexión a todas las mujeres venezolanas “a que estudien y lean la Ley para que conozcan cuáles son sus derechos y sepan que existe una institucionalidad para proteger y erradicar todo tipo de violencia contra las mujeres”.

“Todos los instrumentos jurídicos con los que hoy contamos tienen que estar al servicio de todas; cada una de nosotras debe exigir la justicia de género para que sea accesible, hago un llamado a la organización de las mujeres, tenemos que estar conscientes, organizadas y movilizadas frente a la opresión, subordinación y discriminación. Tenemos que transformar la conducta, es parte de nuestra lucha queremos una sociedad mejor”, concluye.

Minmujer/ Yulimar Mudarra
Prensa Escuela Bolivariana del Poder Popular/ @prensa_ebpp