Aumentan a Bs. 350.000 monto máximo de créditos para compra de vivienda



El Ministerio para Vivienda y Hábitat publicó las nuevas condiciones de financiamiento que regirá el otorgamiento de créditos para la adquisición, autoconstrucción, ampliación y mejoras de vivienda principal, con recursos provenientes de los fondos de ahorros para viviendas.

El nuevo esquema está contenido en la resolución número 12 del despacho dirigido por Ricardo Molina, publicada en la Gaceta Oficial 40.137, de fecha 1º de abril de 2013, que circuló este martes.

Entre las decisiones más resaltantes está el aumento a 350.000 bolívares en el monto máximo de los créditos otorgados con recursos del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (Faov) y el Fondo de Ahorro Voluntario para la Vivienda (Favv) para compra de casa, independientemente del ingreso familiar.

Hasta ahora, la resolución dictada en julio de 2012, y que queda derogada, establecía esa cantidad tope en 300.000 bolívares.

La capacidad crediticia será determinada en función del ingreso de la familia, con las mismas condiciones generales: un máximo de 30 años para pagar y que las cuotas mensuales no superen 35% del ingreso total mensual ni sean menores a 5% del mismo.

Mientras, los préstamos para autoconstrucción, mejoras y ampliación estarán dirigidos a familias con ingresos de entre uno y seis salarios mínimos (entre 2.047,52 y 12.285,12 bolívares).

Los créditos para autoconstrucción serán por un máximo de 205.000 bolívares (hasta ahora eran de 202.500 bolívares), con hasta 20 años para pagar; los de ampliación no podrán ser por más de 140.000 bolívares (eran de 135.000 bolívares), con 15 años para cancelar, y los dirigidos a mejoras de vivienda serán por hasta 84.000 bolívares (el máximo era de 81.000 bolívares), con 10 años de financiamiento.

De igual manera, se precisa que el Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat puede establecer condiciones específicas y montos distintos para el financiamiento de desarrollos urbanísticos de la Gran Misión Vivienda Venezuela (GMVV), con fondos creados por el Órgano distintos al Faov. La GMVV es la política habitacional del Estado.

El Faov está constituido por el ahorro equivalente a 3% del salario integral mensual de los trabajadores: 2% lo da el patrono y 1% el empleado. El pago de este aporte lo realiza el empleador mensualmente en un banco (su operador financiero), durante los primeros cinco días de cada mes.

Mientras, el Favv está conformado por el ahorro voluntario de cualquier persona, con o sin relación laboral de dependencia. También es de 3% de sus ingresos totales mensuales, los cuales no podrán ser inferiores a un salario mínimo.

Cambios en el subsidio

El esquema del llamado Subsidio Directo Habitacional también sufrió algunas modificaciones. Ahora, las familias que opten por esta ayuda no reembolsable del Estado venezolano para apoyarles en la adquisición o autoconstrucción de sus casas deberán solicitarlo expresamente ante el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (Banavih), en su portal web www.banavih.gob.ve.

Sin embargo, la resolución precisa que hasta que este sistema en línea esté operativo el trámite se hará de manera escrita ante los bancos.

La nueva normativa detalla quiénes optan al subsidio:
Familias de dos o más personas unidas en vínculos de consanguinidad hasta el cuarto grado y segundo de afinidad, que acceden por primera vez a un crédito para la adquisición o autoconstrucción y no hayan obtenido antes el subsidio.
No serán acreedoras del beneficio familias que enajenen su vivienda principal para adquirir otra.
Deberán tener ingresos de entre uno y hasta cuatro salarios mínimos al mes (entre 2.047,52 y 9.190,08 bolívares).
La vivienda que deseen comprar no podrá superar los 350.000 bolívares.

El subsidio ahora será aplicado como "complemento del crédito, una vez agotada la capacidad de pago del grupo familiar". Hasta este momento existía una tabla que establecía el porcentaje de subsidio de acuerdo con el ingreso medido en salarios mínimos.

De igual modo, se mantiene que el monto máximo del Subsidio Directo Habitacional será de 270.000 bolívares para la adquisición de vivienda. Para autoconstrucción será de máximo 164.000 bolívares. La resolución anterior lo fijaba en 202.500 bolívares.

Requisitos para el subsidio total

El subsidio de 100% del valor de la vivienda es temporal y está dirigido a familias con ingresos menores a un salario mínimo mensual (2.047,52 bolívares). El Banavih evaluará el otorgamiento de este aporte.

La nueva resolución establece que quienes reciban este beneficio deben optar a viviendas construidas por el sector público, y que si no hay disponibilidad de ellas en la zona que lo requiera la familia, el Banavih debe solicitar autorización al Ministerio para su aprobación. También debe tener permiso del despacho si se necesita un subsidio por un monto mayor al establecido o si se trata de un caso de emergencia.

La condición socioeconómica de quienes reciban este aporte total será evaluada durante dos años para establecer el monto del crédito en función de su ingreso, si es mayor a un salario mínimo. Hasta que esto pase, se considerará plazo muerto. Una vez culminado el lapso, se constituirá el préstamo en función de un salario mínimo, si no se ha determinado un ingreso mayor.

Detalles

Como sucede hasta ahora, los créditos pueden ser otorgados hasta por 100% del valor del inmueble, conforme al avalúo y de acuerdo con el ingreso total familiar.
Los préstamos se otorgarán a familias que no hayan recibido financiamiento por estos fondos en los últimos cinco años, para adquisición o autoconstrucción. La excepción es que estén en proceso de venta de dicha vivienda y comprometan 80% de ese dinero en la nueva compra.
Las nuevas condiciones aplican a solicitudes de crédito que ingresen en los bancos a partir de su entrada en vigencia o que estén en trámite, mas no a aquellos aprobados antes de ese momento.

Créditos con recursos propios

Los bancos venezolanos, públicos y privados, otorgan préstamos a las familias para adquisición de vivienda principal básicamente por tres vías: con recursos del Faov y el Favv, con recursos propios a través de la cartera hipotecaria obligatoria (situada hoy en día en 20% de la cartera bruta anual de créditos) y fuera de la cartera, para familias de mayores ingresos.

En una resolución de febrero pasado, el Ministerio modificó las condiciones para el otorgamiento de créditos con recursos de la cartera hipotecaria. En ella ya había especificado que quienes optaran a subsidio, tendrían que comprar una casa de máximo 350.000 bolívares. También remite a la resolución publicada hoy en lo concerniente a las reglas para el otorgamiento de estas ayudas.

AVN / Escuela Bolivariana del Poder Popular

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